El Heraldo

Las bondades de la nueva ley de contratación, infraestructura y APP

El 15 de enero se expidió la Ley 1882 de 2018 sobre contratación pública, infraestructura y asociaciones público privadas, APP. Dicha norma es un espaldarazo para el sector. Los cambios normativos son concretos y puntuales sobre normas existentes, identificando con precisión sus dificultades y soluciones. La norma contempla tres importantes materias: I. Contratación: Frente al proceso de selección, ajusta aspectos para la presentación y entrega de la oferta, alcance del término para subsanar y precisa que la audiencia de adjudicación es el espacio para definir la fórmula de evaluación, abrir el sobre económico y determinar el orden de elegibilidad.

Sin duda, la implementación obligatoria del pliego tipo para obra pública, consultoría e interventoría, con la posibilidad de que se extienda a otro tipo de contratos partirá de manera favorable la historia de la contratación. Estos cambios incorporan buenas prácticas y promueven la pluralidad de oferentes.

Se acota la responsabilidad de los consultores e interventores a los daños generados por incumplimiento directos e imputables al interventor por transgredir normas y obligaciones derivadas de su contrato.

II. Infraestructura: La nueva ley busca agilizar la gestión predial de los proyectos, facilitando las relaciones en materia de acuerdos de negociación, notificación de ofertas y permisos con poseedores y herederos. Adicionalmente, aprueba el reconocimiento de mejoras a favor de ocupantes en bienes baldíos.

En materia arqueológica, consagra la titularidad del permiso de intervención en cabeza del contratista o concesionario, con el acompañamiento del arqueólogo, disponiendo que el Instituto Colombiano de Antropología e Historias defina parámetros adecuados para elaborar el plan de manejo arqueológico.

III. Asociaciones público privadas: Se busca incentivar proyectos de APP sociales y en entidades territoriales, permitiendo remunerar al inversionista con derechos reales sobre inmuebles no requeridos para la prestación del servicio del proyecto y autoriza a entidades territoriales de categoría especial celebrar contratos APP y expedir vigencias futuras el último año de gobierno. Incorpora al criterio de unidad funcional los aeropuertos y las plantas de tratamiento de aguas residuales.

La ley determina los efectos de la terminación anticipada de contratos de concesión APP con ocasión de nulidad absoluta. Esta disposición reconoce los bienes que benefician al Estado, evitando un enriquecimiento sin causa y protegiendo a terceros de buena fe, e incluye una cláusula penal subsidiaria para el responsable del ilícito, además de las sanciones contractuales, penales, fiscales y disciplinarias que correspondan.

Sin duda alguna, esta ley es un paso en la dirección correcta, es una ley que motiva al sector y ayuda al país a solucionar problemas identificados en la ejecución de los proyectos.

Sumario

es-co

2018-03-01T08:00:00.0000000Z

2018-03-01T08:00:00.0000000Z

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